La Casa de Ana Frank hará todo lo posible, dentro de los límites razonables, para que la visita de las instalaciones del museo y de las exposiciones y actividades organizadas por la Casa de Ana Frank resulte de la manera más amena posible. La Casa de Ana Frank se esforzará en la medida de lo posible para reducir al mínimo, cualquier molestia o inconveniente para el visitante, así como para garantizar la seguridad del mismo.
Términos y condiciones de visita
Para una visita a la Casa de Ana Frank
Disposiciones generales: definiciones
Artículo 1.1
Se entiende como "museo" y "Casa de Ana Frank" a la organización que administra y gestiona las instalaciones del museo. Se entiende como "personal" a todo aquel personal de o contratado por la Casa de Ana Frank, incluyendo, pero no limitado a, la dirección, los empleados de atención al público y demás personal del museo.
Artículo 1.2
Se entiende por "instalaciones del museo" al conjunto de áreas (construidas o sin construir) que bajo el derecho - o autorización de gestión de la dirección de la Casa de Ana Frank, incluyendo, pero no está limitado a salas de exposición, áreas de recepción, salas de reuniones, cafetería del museo, jardín, otros espacios al aire libre y depósito de almacenamiento.
Artículo 1.3
Se entiende como "visitante" a toda persona que ingresa a la Casa de Ana Frank con el propósito de realizar una visita al museo.
Artículo 1.4
Estas condiciones generales de visitas son aplicables a cada visitante de la Casa de Ana Frank. Pueden aplicarse reglas diferentes durante otras actividades especiales, fuera del horario habitual de apertura o referidas a otros visitantes, diferentes a los habituales, como en el caso de alquiler de una sala, catering y eventos semejantes.
Ventas de entradas, ofertas y tarifas
Artículo 2.1
La Casa de Ana Frank tiene derecho a modificar sus tarifas.
Artículo 2.2
El visitante está obligado, en cualquier momento, a pedido del personal, a exhibir su entrada y cupón o cualquier otra tarjeta que le da derecho a un descuento sobre la tarifa de admisión.
Artículo 2.3
El potencial visitante no tiene derecho a obtener un reembolso de la tarifa de la entrada o cualquier otra compensación en caso de pérdida o robo de la entrada, antes de ingresar a las instalaciones del museo. Si un potencial visitante no hace uso de la entrada comprada con antelación, esto será por cuenta y riesgo propio del visitante; este también es el caso si la entrada es válida sólo para un determinado período de tiempo y/o fecha predeterminada. Una vez obtenida la entrada no puede ser canjeada. Como así tampoco se hará lugar a reembolso de la tarifa de la entrada.
Artículo 2.4
Está prohibida la reventa de entradas sin autorización con antelación de la Casa de Ana Frank. Al potencial visitante le podrá ser denegado el acceso a las instalaciones del museo cuando la entrada, la tarjeta de descuento o el cupón no haya sido obtenido directamente de la Casa de Ana Frank o una instancia habilitada a tal fin por la Casa de Ana Frank.
El artículo 2.5
La Casa de Ana Frank desea brindar a la mayor cantidad posible de visitantes individuales y grupos (escolares) la oportunidad de visitar el museo Casa de Ana Frank, a una tarifa de entrada establecida por nosotros mismos. No está permitido que las agencias de viajes y operadores turísticos realicen reservas (de grupos) para terceros.
Artículo 2.6
La Casa de Ana Frank le reembolsará al visitante la tarifa pagada efectivamente, sólo en el caso que el visitante deba abandonar las instalaciones del museo en forma repentina y temprana, debido a un simulacro sin previo aviso en el marco de instrucciones de equipos de emergencias empresariales (artículo 12 de la Ley de Condiciones de Trabajo de 1998), así como en el caso de una calamidad real, por el cual las instalaciones del museo deban ser evacuadas total o parcialmente. Este reembolso sólo tendrá lugar si el visitante no tiene la posibilidad de continuar con la visita al museo el mismo día o el día próximo siguiente, haciendo uso de la misma entrada.
Estancia en las instalaciones del museo
Artículo 3.1
Durante la estancia en las instalaciones del museo, el visitante deberá cumplir con las normas estatutarias, en particular las referidas al orden público, la moral y las buenas costumbres y aquellas aplicables a las reglas de decencia relacionadas a naturaleza de la actividad visitada. El visitante está obligado a seguir además las indicaciones e instrucciones impartidas por el personal de la Casa de Ana Frank. Si, a discreción razonable de un funcionario debidamente autorizado de la Casa de Ana Frank, el/la cual debe ser claramente reconocible como tal, el visitante de cualquier manera actúa en violación de estas normas, indicaciones o instrucciones, puede negársele a dicho visitante el acceso a las demás instalaciones del museo, sin que el visitante tenga derecho al reembolso de los gastos de las entradas o cualquier otro coste. Un visitante que compre entradas para la Casa de Ana Frank, para otros, se compromete a poner en conocimiento de dichos visitantes e imponerles que cumplan también con las obligaciones expuestas en estas Condiciones de Visita
Artículo 3.2
Los padres o cuidadores de los niños son, en todo momento, responsables por el comportamiento de los niños que acompañan.
Artículo 3.2
Los docentes y acompañantes de los grupos son responsables por la conducta de los miembros del grupo que conducen. Padres, docentes y acompañantes de los grupos deben garantizar estrictamente que los objetos y materiales expuestos no sean tocados.
Artículo 3.3
Le está prohibido al visitante en las instalaciones del museo:
a. ofrecer a terceros bienes de cualquier tipo para la venta, o proporcionarlos gratuitamente;
b. bloquear el paso a otros visitantes deliberadamente y por largo plazo, u obstruir la visibilidad de objetos expuestos;
c. dar visitas guiadas por el museo sin que sean ofrecidas por personal calificado de la Casa de Ana Frank o con la debida previa autorización explícita de la dirección de la Casa de Ana Frank;
d. molestar a otros visitantes, incluyendo, pero sin limitarse a, con el uso de teléfonos móviles, reproductores de música portátiles, tabletas, ordenadores portátiles u otras fuentes de ruido;
e. ingresar con animales (domésticos), incluyendo perros guía;
f. fumar en las instalaciones del museo;
g. llevar consigo alimentos y bebidas dentro de las instalaciones del museo o consumir bebidas obtenidas en la cafetería del museo fuera del espacio reservado para tal fin;
d. llevar objetos o sustancias peligrosas, incluyendo, pero no limitado a, bastones, paraguas, mochilas o bolsas grandes, a discreción del personal de la Casa de Ana Frank;
i. en todos los espacios cerrados, excepto el vestíbulo central y la calle interior, el uso de coches para bebé o niños y sillas de ruedas.
Artículo 3.4
A raíz de las numerosas escaleras y pasadizos estrechos, la Casa de Ana Frank tiene un acceso limitado para personas con movilidad reducida. Las personas con movilidad reducida deberán anunciar su visita la Casa de Anne Frank con antelación, para que se pueda determinar si es posible una visita personalizada. La Casa de Ana Frank se reserva el derecho a negarse al uso de sillas de ruedas.
Artículo 3.5
La política de seguridad de la Casa de Ana Frank puede llevar a que el personal prohiba que (determinados) visitantes ingresen (temporalmente) a un área específica.
Artículo 3.6
En casos especiales donde la seguridad general de las personas o de la colección así lo requiera, razonablemente, el personal puede solicitar al visitante que se inspeccione el equipaje (de mano) que lleva consigo. Si el visitante no da su consentimiento, el personal autorizado puede (hacer) retirar al visitante inmediatamente de la Casa de Ana Frank.
Artículo 3.7
Sin la previa autorización por escrito de la dirección de la Casa de Ana Frank se prohíbe a los visitantes tomar fotografías, vídeos y grabaciones de películas en el espacio de exposición permanente. Asimismo, está prohibido, excepto con la previa autorización por escrito de la dirección de la Casa de Ana Frank tomar fotos, grabaciones de vídeo y película para hacer público o reproducir, por y en cualquier medio, incluidos los medios electrónicos.
Artículo 3.8
La Casa de Ana Frank puede denegarle el acceso al visitante que dañó deliberadamente un objeto durante una o más visitas previas a instalaciones de un museo holandés, o justificadamente por temor al daño, negarle el acceso a las instalaciones del museo para siempre o durante un período de tiempo determinado; en cualquier caso, el museo puede someter a este visitante a las medidas mencionadas en el Artículo 3.6 de estas Condiciones de Visita durante todas sus visitas. La decisión de denegar el acceso debe ser puesta en conocimiento del visitante, en forma oportuna y motivada, si es posible por escrito.
Artículo 3.9
Si en opinión del Director de la Casa de Ana Frank, quien debe ser reconocible como tal, el visitante actúa, de manera irregular, en violación de los disposiciones o las condiciones a que se refieren los artículos 3.2, 3.3, 3.5, 3.6, 3.7 y 3.8, podrá denegarsele el acceso a las instalaciones del museo, sin que el visitante cuente con ningún derecho a la devolución del costo de la entrada o cualquier otro coste incurrido.
Artículo 3.10
La Casa de Ana Frank cuenta con cámara de vigilancia. Las imágenes de la cámara se guardan durante siete días. Por lo tanto, el museo cumple con las obligaciones derivadas del Reglamento General de Protección de Datos y las Directivas elaboradas por la Autoridad neerlandesa de Protección de Datos al respecto. Si se ha registrado un incidente, que constituya un hecho delictivo, las imágenes se guardarán hasta que se resuelva el incidente. En caso que la Casa de Ana Frank considere que debe hacerlo, las imágenes de la cámara estarán disponibles para la policía, según la Ley de información de la Policía.
Artículo 3.11
La Casa de Ana Frank puede permitir hacer reportajes de fotos y películas en el museo Casa de Ana Frank. Este material se puede utilizar con fines publicitarios en el sitio web, diferentes canales de redes sociales, folletos y otras formas de expresión de la Casa de Ana Frank. Al ingresar a la Casa de Ana Frank, el visitante declara estar de acuerdo con la publicación de este material.
Si el visitante se opone a la publicación de imágenes en las que aparezca en forma reconocible, el visitante puede informarnos, a través de nuestro formulario de contacto. En tal caso, la Casa de Ana Frank hará todos los esfuerzos posibles para evitar una mayor difusión del material.
Artículo 3.12
El uso del guardarropa es obligatorio para objetos más grandes que una bolsa de tamaño A4, paraguas, cochecitos de bebé y niños y abrigos. La Casa de Ana Frank se reserva el derecho a negarse a guardar mochilas grandes o bolsas grandes. La Casa de Ana Frank no asume responsabilidad de ninguna índole por daños o pérdida de bienes que hayan sido entregados bajo su custodia por el visitante. El reglamento completo del guardarropa está disponibles para su lectura en el guardarropa.
Quejas
Artículo 4.1
La Casa de Ana Frank hará todo lo posible para asegurar que la visita a las instalaciones del Museo o a las exposiciones y actividades organizadas por la Casa de Ana Frank se lleven a cabo de acuerdo con los anuncios publicados; esto también incluye la obligación de informar al público de la mejor manera posible sobre el cierre completo, parcial o temprano de las instalaciones del museo y/o las exposiciones organizadas por la Casa de Ana Frank. Además, la Casa de Ana Frank informará al posible público sobre molestias ocasionadas por trabajos de mantenimiento, renovaciones o el (re) amueblamiento de los espacios. El visitante nunca tendrá un derecho a compensación a causa de esto.
Artículo 4.2
La Casa de Ana Frank hará todos los esfuerzos posibles para que la visita sea lo más amena posible. Sin embargo, la Casa de Ana Frank no puede dar ninguna garantía al respecto. En particular, no se garantiza que:
a. los objetos de la colección permanente de la Casa de Ana Frank estén visibles en todo momento;
b. las instalaciones del museo sean accesibles a los visitantes en todo momento en su totalidad;
c. la visita no se vea perturbada por inconvenientes o incomodidades causadas por otros visitantes, como ruido, comportamiento inapropiado, robo y molestias;
d. la visita no se vea perturbada por inconvenientes o incomodidades causadas por trabajos de mantenimiento, como una renovación o (re) equipamiento de espacios;
e. la visita no se vea perturbada por incomodidades o molestias causadas por el funcionamiento inadecuado de las instalaciones del museo. Las quejas sobre las condiciones mencionadas aquí no serán toman en consideración.
Artículo 4.3
Las quejas sobre la ejecución de solicitudes de devolución referidas al contrato entre la Casa de Ana Frank y el visitante deben comunicarse por escrito a la Casa de Ana Frank dentro de las seis semanas posteriores a la visita. Las quejas enviadas después de dicho período no serán procesadas.
Artículo 4.4
Aquel visitante que presente una queja u objeción a la publicación del material recibirá una confirmación de recibo dentro de los tres días. La queja será investigada y procesada dentro de un plazo de dos semanas.
Artículo 4.5
El visitante puede enviar quejas y sugerencias para mejoras, a través de nuestro formulario de contacto.
Artículo 4.6
Solo corresponde a la dirección juzgar si las quejas presentadas a través del formulario de quejas, pueden generar un reembolso de la tarifa de la entrada.
Responsabilidad en el museo
Artículo 5.1
La Casa de Ana Frank acepta la responsabilidad sólo en la medida en que aparezca en este artículo. La responsabilidad total de la Casa de Ana Frank se limita a la compensación del daño directo hasta el monto máximo de la tarifa de entrada, o, si este importe es mayor, el importe que la Casa de Ana Frank recibe en este asunto de su propio seguro.
Artículo 5.2
La responsabilidad total de la Casa de Ana Frank por daños causados por muerte o lesiones corporales no excederá en ninguna circunstancia de €1 millón,--(1 millón de euros por evento), con una serie de eventos conectados que cuentan como un único evento.
Artículo 5.3
Se excluye la responsabilidad de la Casa de Ana Frank por daños indirectos, incluida la pérdida de beneficios o salarios y daños consecuentes. Fuera de los casos mencionados en este artículo, la Casa de Ana Frank no es responsable de los daños, independientemente de los motivos en los que se basaría una acción de indemnización.
La Casa de Ana Frank no asume responsabilidad de ninguna índole por daños o pérdida de bienes que hayan sido entregados por el visitante bajo su custodia
Fuerza mayor
Artículo 6.1
Como fuerza mayor para la Casa de Ana Frank se considera aquello que ocasiona por cualquier deficiencia causada que no pueda ser atribuida a la Casa de Ana Frank, bajo cualquier circunstancia imprevisible que haga tan dificil el cumplimiento del contrato se lleve a cabo por parte de la Casa de Ana Frank, temporal o permanentemente, de modo que la ejecución del contrato se vuelve imposible o irrazonable.
Artículo 6.2
Bajo tales circunstancias también se entienden circunstancias imprevistas en personas y/o servicios y/o instituciones de las cuales hace uso la Casa de Ana Frank en la ejecución del Contrato de Visita, así como todo lo que sea aplicable a la ya mencionada anteriormente fuerza mayor o condición suspensiva o resolutiva, así como la deficiencia atribuible antedicha.
Objetos encontrados
Artículo 7.1
Los objetos encontrados por visitantes en las instalaciones del museo pueden ser entregados en el mostrador de información.
Artículo 7.2
La Casa de Ana Frank hará todo lo posible a su alcance para investigar quién es el propietario o reclamante legítimo del objeto encontrado y para lo cual mantiene un contacto estrecho con la policía local.
Artículo 7.3
En el caso que el propietario o reclamante legítimo de un objeto encontrado se apersonara e identificara, tiene la opción de recoger personalmente los objetos o de permitir su envío contra pago reembolso. En ambos casos, el propietario o el reclamante legítimo deberá identificarse correctamente.
Otras condiciones
Artículo 8.1
En caso de conflicto entre una disposición de las presentes Condiciones de Visita y cualquier otra disposición contractual, prevalecerán las presentes Condiciones de Visita. Si alguna cláusula de las condiciones de la visita es nula o inválida, las disposiciones restantes de estas Condiciones de Visita permanecerán en pleno vigor y la Casa de Ana Frank formulará nuevas disposiciones para sustituir las disposiciones nulas o inválidas, en la medida de lo posible respetando el propósito y el alcance del vacío o de la disposición anulada.
Legislación applicable
Artículo 9.1
La legislación holandesa se aplica a estas Condiciones de Visita y al contrato entre el visitante y la Casa de Ana Frank.
Artículo 9.2
Todas las disputas que surjan del contrato entre el visitante y la Casa de Ana Frank se presentarán exclusivamente ante el juez que sea competente en Ámsterdam.
Estas Condiciones de Visita a la Casa de Ana Frank se presentaron el 11 de abril de 2018, bajo el número 33129466, en la Cámara de Comercio de Ámsterdam.
La Dirección de Casa de Ana Frank.
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